LOS DERECHOS HUMANOS NO ENVEJECEN

Adjunto un artículo publicado en la revista de la Universidad Pontificia de Salamanca en el que tuve el honor de participar junto al Doctor Patricio Torres.

El DEFENSOR DEL ADULTO MAYOR: Los derechos Humanos no envejecen
THE ADULT OMBUDSMAN: Human rights do not age

Dr. Patricio Torres Castillo
Docente Magister de Orientación Familiar Universidad Católica de la Santísima Concepción. Chile. Correspondencia: ptorres@udec.cl
Dra. Esther Claver Turiégano
Doctora en Psicología. Profesora Asociada. Universidad de Zaragoza. Departamento de Psicología y Sociología. Huesca. España.escatu@unizar.es. C/ Castilla 3, 1 Iz. 22002, Huesca

RESUMEN
Con el tiempo, la aplicación de políticas restrictivas de natalidad, los avances en biomedicina y las mejores condiciones de vida en general han provocado una drástica disminución la mortalidad infantil y el control de las enfermedades infectocontagiosas. Eso ha generado que la población mundial continúe creciendo al punto de enfrentarnos a nuevos escenarios que demandan una mayor acción por parte del sistema de protección social de cada país, en particular en los países en vías desarrollo. Estos países se han encontrado con cada vez mejores condiciones que han aumentado progresivamente las expectativas de vida de los ciudadanos, sin ser suficientemente conscientes, ni estar preparados para hacer de ello una oportunidad para la garantizar los derechos y necesidades de las personas. La vejez no debe implicar pérdida de calidad de vida, sino su afianzamiento. Es así como surgen nuevos desafíos que permitan garantizar el efectivo ejercicio de los derechos fundamentales. En este trabajo se hace un recorrido por los datos, las necesidades detectadas y se hace una propuesta de intervención que busca fortalecer el sistema a través de la creación de la institución del “ombudsman” o “defensor del adulto mayor” en Chile, siguiendo los buenos resultados obtenidos en los países nórdicos. Se pretende vincular el estado de derecho con las garantías que asisten a los adultos mayores, para llevar a cabo las políticas que han sido señaladas por las Naciones Unidas. En Chile han pasado 30 años desde que se presentó la idea de desarrollar esta figura sin que haya logrado avanzar más allá de una declaración de buenas voluntades.

PALABRAS CLAVE: protección social, adultos mayores, derechos humanos, desarrollo social.

ABSTRACT
Over time, the application of restrictive birth policies, advances in biomedicine and improved living conditions in general have led to a drastic reduction in infant mortality and the control of infectious and contagious diseases. This has caused the world population to continue growing to the point of facing new scenarios that demand greater action on the part of the social protection system of each country, particularly in the developing countries. These countries have found increasingly better conditions that have progressively increased the life expectancy of citizens, without being sufficiently aware, or prepared to make it an opportunity to guarantee the rights and needs of people. Old age should not imply loss of quality of life, but its consolidation. This is how new challenges arise to guarantee the effective exercise of fundamental rights. In this work, a tour through the data, the detected needs and an intervention proposal is made that seeks to strengthen the system through the creation of the «ombudsman» or «defender of the elderly» institution in Chile, following the good results obtained in the Nordic countries. It is intended to link the rule of law with the guarantees that assist older adults to carry out the policies that have been identified by the United Nations. In Chile, 30 years have passed since the idea of ​​developing this figure was presented without having managed to advance beyond a declaration of good will.

KEY WORDS: social protection, older adults, human rights, social development

INTRODUCCIÓN

El desarrollo social y económico de países iberoamericanos ha llevado progresivamente a un aumento de las expectativas de vida de la población, situación que se ha ido manifestando también en los países en vías de desarrollo como lo es en el cono sur de América Latina, Chile. Esta realidad, fruto del éxito de las políticas públicas da origen a un nuevo escenario de convivencia y al ejercicio de derechos civiles en un contexto social en donde los adultos mayores, hasta ahora, han sido considerados esencialmente actores pasivos y dependientes. Surge entonces la necesidad en avanzar en la protección de los derechos humanos indubitados en la tercera edad, por lo que se propone la creación de un defensor de estos derechos siguiendo la figura del Ombudsman, a partir de la experiencia Europea y la de muchos países iberoamericanos. En efecto, la experiencia en diversos contextos señala la pertinencia de contar con un órgano independiente y flexible que en forma crítica, al servicio de las personas, se preocupe de atender las numerosas asimetrías de poder que colisionan en el ejercicio del derecho y que se hacen especialmente manifiestas en los momentos más críticos del ciclo vital, este es el caso de la tercera edad.
En este breve trabajo se pretende poner de manifiesto la necesidad de buscar soluciones creativas y pertinentes que garanticen las necesidades y derechos de las personas mayores. Se hace un recorrido por los datos que “empujan” a la acción, para pasar a relatar los aspectos esenciales a abordar y termina por ofrecer un posible enfoque de solución.

SITUACIÓN ACTUAL

El aumento de la esperanza de vida de la población es uno de los más grandes triunfos de la humanidad, pero es también uno de sus mayores retos. A medida que entramos en el siglo XXI, el envejecimiento de la población supondrá un aumento de las demandas sociales y económicas en todos los países. Hablamos de «población envejecida» cuando se ha alterado la composición por edades, y se registra un aumento sostenido del número de personas ubicadas en el tramo de 60 y más años. En el año 1995 había 36 millones de personas mayores de 60 años en América Latina y el Caribe. Esta cifra se duplicará desde entonces al 2025 (CEPAL, 2006).
De acuerdo al Instituto Nacional de Estadística Chileno (INE, 2007), a partir de los años 60, disminuyen los menores de 15 años y aumenta el número personas pertenecientes a los considerados “Adulto Mayor”. El porcentaje llegará a ser en el 2025 de 1 cada 5 personas. En el pasado 2017, los adultos mayores en Chile eran el 16,2% de los habitantes del país, la mayoría mujeres (INE, 2017).
Por otra parte, Chile ha tenido un éxito sostenido en el control de las enfermedades infecto contagiosas y prevención de enfermedades que, junto a las efectividad de las políticas sociales y a los cambios socioeconómicos, demográficos, y culturales en los últimos años, han determinado un escenario social y cultural tal, que el fenómeno del envejecimiento se ha convertido en un desafío insoslayable. El éxito de las políticas públicas de salud y el consiguiente aumento de la expectativa de vida en la población y el descenso progresivo de la natalidad, ha generado pues, un nuevo escenario de desafíos para los cuales no estamos suficientemente preparados.
Naciones Unidas (2002) alerta sobre este fenómeno cuando, en su Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento habla de que, a pesar de que las cifras de envejecimiento deberían preocupar a todos, parece que no es así. Y debería preocuparnos ya que, además de aumentar el número de personas mayores, aumenta también el número de personas con discapacidad y con enfermedades crónicas y degenerativas, lo que las convierte en dependientes. Esta dependencia repercute directamente en la población activa que ha de asumir la responsabilidad de su cuidado, lo que genera lógicas repercusiones socioafectivas y económicas (Pontificia Universidad Católica, 2011). Además, el hecho de que en muchas ocasiones, ese cuidado no sea posible, genera marginación social, desnutrición y pobreza.
Surge entonces el desafío de abordar esta variable demográfica y sus consecuencias sociales, a partir de un enfoque de derechos de los adultos mayores, asumiendo que aun es tiempo de avanzar proactivamente en el pleno ejercicio de los derechos de las personas de la tercera edad. Este desafío supone una mayor exigencia social económica y jurídica, junto a la construcción de nuevos paradigmas culturales de inclusión y de derechos civiles.
En su trigésimo primer período de sesiones, celebrado en marzo de 2006, la Comisión económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) planteó que: “El principio de la titularidad de derechos debe guiar las políticas públicas. Se trata de orientar el desarrollo conforme al marco normativo de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales plasmados en acuerdos vinculantes tanto nacionales como internacionales”. Por otra parte, en la Declaración de Brasilia, (Naciones Unidas, CEPAL, 2007)se instó a los gobiernos participantes a realizar esfuerzos para impulsar la elaboración de una convención internacional sobre los derechos de las personas de edad.
Así, se pasa de pensar en “personas con necesidades” a pensar en “personas con derechos” (Abramovich y Courtis, 2006; CEPAL, 2006).

NECESIDADES DETECTADAS

Desde luego, parece lógico pensar que nuestra sociedad ha de avanzar en la mejora de la calidad de vida de la población mayor, tanto para su propio bienestar como para el de la sociedad en general, ya que retrasar la dependencia repercutirá positivamente en las cargas socioeconómicas de la ciudadanía.
En este sentido, reflexionamos sobre las necesidades de nuestros mayores. La OMS (2018) nos da algunas claves cuando define los pilares estratégicos del envejecimiento activo. Así, habla de la importancia para su desarrollo psicoemocional de mantener actividades sociales, un vínculo con la sociedad, donde el sentirse útil sea la clave. Además, se aconseja apostar por la promoción de la salud, tanto en lo que se refiere a avances en medicina, como en educación y promoción de hábitos saludables. Y por supuesto, se hace referencia especial a la protección frente a situaciones de riesgo, prestaciones económicas, acceso a los servicios, etc.
Mención especial merece el maltrato que sufre este sector de la población. Maltrato entendido como “un acto único y reiterado, u omisión, que causa daño o aflicción y que se produce en cualquier relación donde exista una expectativa de confianza” (Action on Elder Abuse, AEA, 1995).Se considera maltrato, entonces, tanto el físico y psicológico como el patrimonial y el abandono.
El maltrato es un fenómeno que no es debidamente reconocido ni por la sociedad, ni por la familia y, más relevante aún, ni por los propios mayores. Si a esto se agrega el desconocimiento respecto de los mecanismos de protección existentes nos encontramos con un doble problema: la invisibilidad del fenómeno por parte de la opinión pública y la percepción de que se trata de una temática, muchas veces, normalizada y legitimada (SENAMA 2013).
Hay que tener en cuenta que en Chile, cerca del 80% de los Adultos mayores no han completado sus estudios. Por tanto, les es verdaderamente difícil defenderse por las vías oficialmente establecidas. Precisan pues apoyo también es este sentido. (Censo, 2017)
UNA SOLUCIÓN CREATIVA
Desde que el Papa Francisco asumió la máxima autoridad de la Iglesia Católica, ha hecho un llamamiento constante al respeto, cuidado y amor hacia los mayores, intentando poner fin a lo que él ha llamado la «cultura del descarte»(Conferencia Episcopal Chilena, 2017). Las personas mayores se han convertido en “una incomodidad que desafía la ciencia y amenaza el bienestar social” (Lolas, 2006). Pero, como se ha dicho, son personas con derechos. La cuestión es cómo estructurar los mecanismos sociopolíticos que velen por garantizar dichos derechos. Los adultos mayores son sujetos competentes, titulares de derechos, tanto civiles como sociales.
La institución del “Ombudsman “o “Defensor del Pueblo” se originó en los países escandinavos como un delegado del parlamento. Los inicios del Ombusdman se remontan al 1809, su nombre proviene del sueco antiguo umboosmaor—, cuya composición ombud, «el de la voz», y man, «hombre», deriva en “representante del ciudadano». Esta Institución ha logrado en el siglo XX e inicios de este, demostrar su idoneidad y capacidad para actuar como órgano de control independiente de las actuaciones del gobierno, tanto desde un punto de vista político como administrativo. Así entonces se establece como garante del ejercicio de los derechos ciudadanos, especialmente en este nuevo contexto de mayor longevidad y vulnerabilidad.
A partir de este enfoque, se propone la existencia de un equipo de profesionales liderados por un “Defensor del Adulto Mayor” que vigile y garantice el respeto al ejercicio de los derechos de estas personas, haciéndose cargo de las posibles necesidades de ejercer acciones judiciales que concreten el pleno goce de sus derechos. El marco internacional sin excepción pone de relieve la independencia de la institución del Ombudsman como una de sus bases, a fin de permitir su actuación con máxima independencia y neutralidad. Algunas características de esta entidad, como el no estar sujeto a formalismos ni rigurosidades jurídicas para la atención de casos, así como la gratuidad de sus servicios y la autonomía institucional, pese a ser una institución estatal, le permiten una efectiva protección de derechos fundamentales y una complementaria tarea en la solución de conflictos
En Chile, esta figura cobra especial importancia, entre otras razones, por las que Fernando Chomali, arzobispo de Concepción de Chile (2014) describe:
Chile es uno de los países que presenta la mayor tasa de envejecimiento avanzando, se registran expectativas de vida cada vez mayores, estimándose que en 2030, el promedio será de más de 80 años. Es el segundo país más envejecido de la región…aún hay espacios en los que los perjuicios y la exclusión tienen cabida. (Chomali, 2014, p 12)
Por tanto, figura de «El Defensor del Adulto Mayor» en Chile, quizá debería tener mayor peso institucional para garantizar la protección de los adultos mayores. Más aun cuando se considera que el atisbo que más se le asemeja, a día de hoy, es la del “Defensor de los Derechos del Consumidor” , lo que sin duda impacta sobre nuestras conciencias y sorprende ya que da la impresión que las cosas se imponen sobre las personas.
De esta manera se espera responder más adecuadamente a la protección hacia los adultos mayores, especialmente a aquellos más vulnerables, que viven solos o en establecimientos de larga estadía, y que no cuentan con redes y recursos para exigir sus derechos, asumiendo que el ejercido pleno de los derechos civiles requieren de una preocupación por parte del estado para que efectivamente se concreten a favor de una sociedad no solo más justa, sino más humana.
REFERENCIAS
Abramovich, V. y C. Courtis (2006), El umbral de la ciudadanía: el significado de los derechos sociales en el Estado social constitucional, Buenos Aires,Editores del Puerto.
Action on Elder Abuse, AEA, (1995). What is elder abuse?Extraído el 10/03/2018 de https://www.elderabuse.org.uk/Pages/Category/what-is-it
CEPAL (Comisión Económica para América Latina y el Caribe) (2006).La protección social de cara al futuro: acceso, financiamiento y solidaridad. Extraído el 20 de abril de 2018 de https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/2806/1/S2006002_es.pdf
Chomali, F. (2014) La impactante realidad que viven los adultos mayores. Recuperado el 28/04/18 de http://iglesiadeconcepcion.cl/noticias/la-impactante-realidad-que-viven-los-adultos-mayores-presento-monsenor-fernando-chomali/
Conferencia Episcopal Chilena (2017). La cultura del descarte no es de Jesús. Extraído el 20/04/18 de https://www.revistaecclesia.com/la-cultura-del-descarte-no-jesus-papa-francisco-twitter/
INE (2007). Enfoque Estadístico. Adulto mayor en Chile. Boletín Informativo del Instituto Nacional de Estadísticas. Extraído el 28/04/18 de http://www.ine.cl/docs/default-source/FAQ/enfoque-estad%C3%ADstico-adulto-mayor-en-chile.pdf?sfvrsn=2
INE (2018). Censo 2017. Extraído el 15/04/2018 de http://www.ine.cl/
Lolas Stepke, F. (2006): Escritos sobre vejez, envejecimiento y muerte. Iquique, Ediciones Campus de la Universidad Arturo Prat.
Naciones Unidas (2002). Una sociedad para todas las edades. Segunda Asamblea Mundial sobre el envejecimiento. Extraído el 23/03/2018 de http://www.un.org/es/events/pastevents/ageing_assembly2/
Naciones Unidas, CEPAL, (2007). Declaración de Brasilia. Extraído el 20/04/2018 de https://www.cepal.org/publicaciones/xml/0/32460/LCG2359_e.pdf
Pontificia Universidad Católica (2011). Guía Calidad de vida en la vejez. Herramientas para vivir más y mejor. Colección Adulto Mayor. Chile.
OMS (2018). Envejecimiento. Extraído el 28/04/2018 de http://www.who.int/topics/ageing/es/
SENAMA (2013). Chile y sus mayores, 2013. Extraído el 15/03/2018 de http://www.senama.gob.cl/storage/docs/Resultados-Tercera-Encuesta-Nacional-Calidad-de-Vida-en-la-Vejez-2013.pdf

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